En el marco de la reciente aprobación en Europa del derecho al olvido —la posibilidad de solicitarle a un buscador como Google que retire enlaces a contenidos de datos personales en determinadas ocasiones—, un grupo de senadores chilenos presentó un proyecto de ley para establecer el derecho al olvido en Chile.
En lo medular, el proyecto de ley consiste en modificar el artículo 1 de la ley 19.628 sobre protección de la vida privada, la que dice que se "deberá respetar el pleno ejercicio de los derechos fundamentales de los titulares de los datos y de las facultades que esta ley les reconoce", agregándole el siguiente inciso:
Toda persona tiene derecho a exigir de los motores de búsqueda o sitios web la eliminación de sus datos personales. La falta de pronunciamiento sobre la solicitud del requirente o denegación de la misma por parte del responsable de dichos motores de búsqueda o sitios web, le dará derecho al titular a ejercer el recurso contemplado en el artículo 16.
El proyecto de ley es impulsado por los senadores Francisco Chahuán, Carlos Bianchi, Hernán Larraín, Baldo Prokurica y Eugenio Tuma, y si bien no dudamos de sus buenas intenciones, hay un detalle bastante preocupante: El derecho al olvido instaurado en Europa se basa en eliminar resultados de buscadores como Google, no en eliminar o modificar páginas web con datos personales, como dice la propuesta de los senadores chilenos (una propuesta similar duerme en el Congreso desde el año 2012).
El tema del derecho al olvido sin duda no puede tomarse a la ligera, pues existe un gran riesgo de atentar contra la libertad de expresión. Un claro ejemplo fue que a los pocos días del fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea a favor del derecho al olvido, entre quienes solicitaron el retiro de enlaces se encuentran ex políticos tratando de limpiar su pasado ante una próxima elección, personas condenadas por pedofilia, y médicos que solicitan retirar críticas negativas de sus pacientes.
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